Wednesday June 10th, 2020
CLIENTE: AYUNTAMIENTO DE VALENCIA
PAÍS: ESPAÑA, Valencia
El Ayuntamiento de Valencia ha adjudicado a ECOCIVIL, División de Conservación y Medio Ambiente las obras de ejecución de la rehabiitación (participativa) del edificio para equipamiento, situado en el Camí Cases de Bàrcena nº 63 de Valencia.
Cases de Bàrcena, hasta este momento, era el único pueblo de València que no contaba con un espacio propio para su Alcaldía pedánea.
El inmueble consta de las siguientes partes: casa principal, ampliación trasera de la casa, patio y conejeras, y parcela agrícola. El objeto del proyecto es habilitar el conjunto edificado, dejando en la parcela agrícola para más adelante.
El programa de necesidades viene marcado, por una parte, por las indicaciones del Servicio de Pueblos del Ayuntamiento de Valencia, y por otra parte, por las demandas que se derivan del proceso de participación ciudadana que ha implicado de manera directa a los vecinos de la pedanía.
De esta forma, se dotarán espacios para usos del Ayuntamiento, para el uso que hacen las asociaciones del pueblo y algunos otros culturales, como son:
- Consultorio médico.
- Dos salas de usos múltiples, una para la sede de la Universidad Popular.
- Cocina.
- Sala de reuniones.
- Área de administración con dos puestos de trabajo.
- Despacho de Alcaldía.
- Patio Exterior.
La habilitación planteada propone mantener los volúmenes correspondientes a la edificación principal (la casa original), recomponer el volumen correspondiente a la ampliación y eliminar la construcción correspondiente a las antiguas conejeras, liberando así espacio de patio.
Se da la circunstancia que este proyecto de rehabilitación del edificio recibió el Premio Vivienda, Movilidad y Urbanismo con perspectiva de género para ayuntamientos de menos de 5.000 habitantes que otorga la Generalitat Valenciana. El proyecto de rehabilitación se hizo mediante un proceso participativo y fue premiado «por la capacidad transformadora del proyecto y del análisis y diseño del espacio con perspectiva de género».